domingo, 26 de abril de 2015

Indemnizada la mala praxis en una fractura del quinto metatarsiano - DiarioMedico.com

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MÁS JURISPRUDENCIA

Indemnizada la mala praxis en una fractura del quinto metatarsiano

La reclamación de daños interpuesta por una paciente contra una aseguradora ha finalizado con un acuerdo extrajudicial en el que la compañía de seguros ha decidido indemnizar con 16.797 euros.
D. Carrasco. Madrid   |  22/04/2015 00:00
 
 
Soledad Raso
Soledad Raso, abogada del Defensor del Paciente en Baleares. (DM)
La reclamación de daños interpuesta por una paciente contra una aseguradora ha finalizado con un acuerdo extrajudicial en el que la compañía de seguros ha decidido indemnizar con 16.797 euros las secuelas ocasionadas a una enferma al ser intervenida incorrectamente en un metatarsiano del pie izquierdo.
Según se desprende del acuerdo, la paciente de 44 años, fue operada en junio de 2011 por metatarsalgia a nivel de quinto metatarsiano. En el postoperatorio presentó una notable "descompensación" por una incorrecta decisión en la técnica quirúrgica utilizada. Ello supuso nuevas terapias posteriores que tampoco mejoraron el cuadro médico.
La resolución también subraya que, como consecuencia de la mala praxis sanitaria, a la enferma le ha quedado "una pérdida de capacidad funcional y permanencia de dolor residual notable". Y es que la paciente se operó para evitar tener molestias a la marcha y con la negativa evolución presentada por la yatrogenia quirúrgica, no sóllo no han disminuido las molestias, sino que han aumentado notablemente.
Secuelas 
El acuerdo extrajudicial, firmado por Soledad Raso, abogada del Defensor del Paciente en las Islas Baleares, resalta que "el problema de la reclamante era únicamente en el quinto metatarsiano y actualmente son varios los metatarsianos afectados, provocandole dificultades a la bipedestación prolongada, así como a la deambulación moderadamente prologada y especialmente si es por terrenos no llanos o planos inclinados". También ha afectado a su estética.

Aceptación de la culpa

La figura del acuerdo extrajudicial tiene entre otras ventajas, la de que la parte que acepta pagar una indemnización asume la culpa del daño sanitario producido. Una aseguradora pagó 100.000 euros por el fallecimiento de un bebé que presentaba un elevado riesgo de sufrir una aspiración del contenido gástrico.Otro acuerdo indemnizó con 70.450 euros a los familiares de un paciente que falleció tras ser operado para extraerle las muelas del juicio. El óbito se produjo por un alto riesgo para la anestesia al padecer el síndrome de Hallermann Streiff Francois.

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