viernes, 24 de mayo de 2013

Absolución por no existir una relación de causalidad - DiarioMedico.com

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SUPUESTO INCUMPLIMIENTO DE LOS PROTOCOLOS

Absolución por no existir una relación de causalidad

La Audiencia de Madrid ha eximido de responsabilidad a un centro médico y a una farmacia de la reclamación por un tratamiento de disfunción eréctil.
G.E. | dmredaccion@diariomedico.com   |  24/05/2013 00:00 


En las reclamaciones de responsabilidad sanitaria, el paciente que reclama debe probar que ha existido mala praxis profesional para lo cual es necesario demostrar que entre la actuación sanitaria y el daño por el que se reclama existe un nexo de causalidad. Sin esa relación causal, la demanda no puede prosperar al ser elemento imprescindible para declarar la responsabilidad.

Esto es lo que ha sucedido en una sentencia dictada por la Audiencia Provincial de Madrid en la que se desestima la reclamación de un paciente que alegaba que el tratamiento farmacológico prescrito para abordar la disfunción eréctil había provocado un ictus. La demanda, dirigida contra un centro médico y contra la farmacia que elaboró la fórmula magistral, argumenta que se incumplieron los protocolos por parte de la clínica así como la Ley de Garantías y Uso Racional del Medicamento. Frente a estos argumentos, la Audiencia de Madrid aclara que ello es intrascendente, ya que el principio activo empleado está autorizado para el tratamiento de la disfunción eréctil y por vía intracavernosa.

Además, la demanda sostiene que "se empleó una fórmula magistral ilegal al utilizar una combinación no reconocida en ningún documento científico de prestigio, como el firmado por doce sociedades científicas sobre la disfunción eréctil".

Sin poder demostrarlo
Frente a estos argumentos la Audiencia admitió que "no existía evidencia científica de que la combinación de los cuatro fármacos prescritos pudiera producir el accidente sufrido (ictus) y por el que fue atendido en un hospital público". Y es que en el escrito de contestación a la demanda, el centro médico respondió que se les había pedido probar algo que no existe, esto es, cuáles son los efectos de la combinación de los cuatro fármacos.

Según los demandados, la única respuesta correcta es la ofrecida por uno de los peritos, que declaró que "no se sabe ni se puede saber, y quien diga con absoluta certeza que la fórmula magistral produjo la crisis hipertensiva o quien diga con la misma certeza que no la produjo, miente". A este argumento se remite la sentencia de la Audiencia para declarar la absolución de los demandados.

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