sábado, 27 de octubre de 2012

La reordenación sanitaria en Castilla y León supondrá un ahorro de 50 millones en 2013 :: El Médico Interactivo ::

:: El Médico Interactivo :: La reordenación sanitaria en Castilla y León supondrá un ahorro de 50 millones en 2013

La reordenación sanitaria en Castilla y León supondrá un ahorro de 50 millones en 2013


Valladolid (27-29/10/2012) - E.P.

El consejero asegura que no conllevará ni reducción ni merma alguna de los servicios en Atención Primaria y Atención Hospitalaria

La reordenación de la Atención Primaria y la Atención Hospitalaria en Castilla y León, merced al decreto ley aprobado, que entrará en vigor una vez sea publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad (Bocyl), se traducirá en 2013 en un ahorro de unos 50 millones de euros, tal y como ha vaticinado el consejero del ramo, quien ha justificado tal medida no sólo en la necesidad de contener el gasto sino, al mismo tiempo, configurar un sistema más "flexible, eficiente y sostenible".

Este decreto ley introduce una serie de modificaciones en la Ley de Ordenación Sanitaria de la Comunidad y se enmarca en el Plan Económico-Financiero 2012-2014 que persigue la reducción del déficit y garantizar la sostenibilidad de los servicios públicos esenciales.

En este sentido, el consejero de Sanidad, Antonio María Sáez Aguado, ha sido categórico al advertir de que las modificaciones aprobadas para facilitar la ordenación del sistema, así como otras en materia de recursos humanos, no tendrán consecuencias en los servicios que hasta la fecha se venían prestando, pues, tal y como ha precisado, "se mantienen el número de zonas básicas de salud, los equipos de Atención Primaria y los servicios de área", mientras que en algunas de estas zonas básicas "se eliminan ciertas rigideces", lo que implicará el traslado de profesionales de unas a otras.

Respecto de la petición de la Federación Regional de Municipios y Provincias (FRMP) de mantener las urgencias nocturnas en centros rurales y municipios periféricos, el consejero ha asegurado "tomar nota" y ha recordado que la atención urgente en los centros de salud rurales y los consultorios locales va a continuar prestándose.

La única particularidad radica en que entre las 22.00 y las 08.00 horas las urgencias de Atención Primaria que se prestaban en los consultorios locales se concentrarán en los centros de salud, al igual de lo que ocurre en el resto de España, medida que Sáez Aguado justifica en la baja frecuencia registrada de este tipo de servicios.

"Con carácter general se venían atendiendo una o dos urgencias por noche e incluso una urgencia cada diez noches", de ahí, como ha incidido, la decisión de agrupar el servicio en los centros de salud.

Así, en cuanto al primer grupo de medidas aprobadas en Consejo de Gobierno, "necesarias e imprescindibles", se incluye el refuerzo de la zona básica de salud como marco para la asignación de las funciones asistenciales ordinarias, que tendrá un triple efecto desde el punto de vista de la contención del gasto: un reajuste y mejor aprovechamiento de los efectivos, una reducción del complemento económico por acumulación a percibir por los profesionales sanitarios y una reducción de las sustituciones, como consecuencia del establecimiento de este nuevo sistema de asignación de funciones que se flexibiliza con esta norma.

En segundo lugar, con este decreto ley se facilita una organización más racional y eficiente de los recursos sanitarios. Para ello, se modifican algunos artículos de la Ley de Ordenación del Sistema Sanitario de Castilla y León, regulando los servicios ya existentes que son comunes a varias zonas básicas de salud (fisioterapia, salud bucodental, matronas y otros) y facilitando la posibilidad de que puedan existir puntos de atención continuada desde los que se atienda a varias zonas básicas de salud.

Finalmente, se modifica el artículo 13 del Estatuto Jurídico del Personal Estatutario del Servicio de Salud de Castilla y León con el objetivo de que los centros sanitarios puedan adaptar sus plantillas a las necesidades de personal, sin la limitación actual de modificarlas en el último trimestre de cada año.

Por otra parte, el decreto ley también modifica distintas normas que regulan la jubilación de los trabajadores de la Junta. Hasta ahora la prolongación del servicio activo más allá de la edad legal, los 65 años, y hasta los 70 años como máximo era prácticamente automática, si así lo deseaba el empleado público.

Sin embargo, ahora en virtud del cambio la decisión queda en manos de la Administración autonómica, que estudiará cada caso y resolverá atendiendo a tres criterios: aptitud para el cumplimiento de las tareas y funciones propias del puesto de trabajo; conducta profesional, rendimiento o consecución de objetivos, y razones organizativas y de racionalización de los recursos humanos.

"Con ello se conseguirá una mayor eficiencia y el rejuvenecimiento de las plantillas, en la medida en que algunos de los puestos que queden libres serán cubiertos por profesionales más jóvenes", ha destacado Aguado, quien ha recordado que la mayoría, tanto en la administración general como en el sector sanitario, los trabajadores se jubilan a los 65 años y son sólo algunos los que optan por pedir la prolongación.

Como ejemplo de ello, el consejero ha incidido en que de un total de 38.000 empleados en Sanidad, algo menos de quinientos han prolongado su servicio activo, de los cuales 347 trabajadores estatutarios están en dicha situación y otros 117 funcionarios sanitarios o bien se han acogido a esta medida o bien cumplen la edad de jubilación en 2012.

Por tal motivo, y ante la incertidumbre de saber cuántos trabajadores se jubilarán y cuántos continuarán en el servicio activo, el consejero ha justificado la dificultad de evaluar el ahorro que las medidas aprobadas hoy supondrán para el sistema de salud regional, si bien ha anticipado que, con independencia del capítulo de jubilaciones, la contención del gasto podría elevarse en 2013 a un total de 50 millones de euros.
En el paquete de modificaciones se unifica la regulación autonómica del complemento a las bajas por contingencias comunes con la legislación estatal, que entró en vigor el pasado 16 de octubre.

Esto supone que entre el primer y tercer día el trabajador en situación de incapacidad temporal percibirá el 50 por ciento de las retribuciones que hubiera cobrado el mes inmediatamente anterior; entre los días cuarto y vigésimo el 75 por ciento, y a partir del día 21 el cien por cien. Junto a esto, se acuerda aplicar el régimen más favorable de los dos a aquellos empleados públicos que se encontraran de baja antes del 16 de octubre.
El complemento será del cien por cien de las retribuciones desde el primer día en caso de hospitalización e intervención quirúrgica, así como en los supuestos de accidente de trabajo o enfermedad profesional.

Finalmente, y con carácter temporal, hasta que el crecimiento económico supere el 2,5 por ciento del PIB de la Comunidad, se suspende una parte de las retribuciones en concepto de productividad variable que percibían los profesionales sanitarios, y se establecen nuevas cuantías en otros conceptos que consolidan el 45 por ciento de la productividad derivada del Acuerdo Marco de 2002 para todas las categorías profesionales.

No hay comentarios: