El Senado da luz verde a la Ley de Consumo, que regula la publicidad del cigarrillo electrónico
Madrid (28/03/2014) - E.P.
Este precepto responde al acuerdo adoptado entre el Ministerio de Sanidad y las CC.AA. por el que los cigarrillos electrónicos no se podrán usar en centros de las administraciones públicas y entidades de derecho público; también estará prohibido en los centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como en los espacios al aire libre o cubiertos, comprendidos en sus recintos
El pleno del Senado ha dado luz verde, con los votos del PP, al proyecto de Ley por el que se modifica el texto refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios que regula, entre otros, la publicidad del cigarrillo electrónico.
El texto no ha sufrido modificación alguna respecto al remitido por el Congreso, por lo que, al rechazar el Grupo Popular las 249 enmiendas presentadas por la oposición, se publicará directamente en el Boletín Oficial del Estado (BOE). Los "populares" rechazaron en Comisión cinco vetos presentados por PSOE, Entesa y Grupo Mixto.
Concretamente, se modifica la actual Ley Antitabaco para detallar los lugares donde se prohibirá el uso de los cigarrillos electrónicos, así como su publicidad y definición, y a falta de conocer la nueva directiva del tabaco, que se debatirá en el Parlamento europeo próximamente.
Este precepto responde al acuerdo adoptado entre el Ministerio de Sanidad y las comunidades el pasado mes de diciembre, por el que los cigarrillos electrónicos no se podrán usar en centros de las administraciones públicas y entidades de derecho público; también estará prohibido en los centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como en los espacios al aire libre o cubiertos, comprendidos en sus recintos.
Y en el caso de los centros docentes o formativos se prohibirá en los espacios al aire libre "salvo en los de centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios y aceras circundantes".
También estarán vetados estos cigarrillos al aire libre en parques infantiles o zonas de juego para la infancia, siempre que estén acotados y contengan "equipamiento o acondicionamiento destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores".
En lo que respecta al transporte, su uso estará restringido en cualquier tipo de vehículos de transporte público urbano e interurbano, así como en transporte marítimo, ferroviario o aéreo. En este último caso, no obstante, la prohibición sólo afectará a aviones de compañías españolas o vuelos compartidos con compañías extranjeras.
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