sábado, 20 de octubre de 2012

La mediación puede ser alternativa a la resolución de conflictos por vía judicial - DiarioMedico.com

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Zaplana, del Tribunal Supremo

La mediación puede ser alternativa a la resolución de conflictos por vía judicial

Guerrero Zaplana, del Supremo, ve en esta vía una alternativa al ámbito judicial para resolver conflictos.
Marta Esteban | 19/10/2012 15:32


La aprobación del Real Decreto Ley 5/2012, de Mediación en Asuntos Civiles y Mercantiles, abre la puerta a que las reclamaciones sanitarias se puedan dilucidar en una vía distinta a la judicial. La utilidad, ventajas, límites e inconvenientes de la mediación han sido analizados en una de las mesas redondas del XIX Congreso Nacional de Derecho Sanitario que se está celebrando en Madrid.

José Guerrero Zaplana, magistrado del Gabinete Técnico del Tribunal Supremo, ha declarado que su uso "evitaría la medicina defensiva, reduciría la incertidumbre propia de la vía judicial y daría mayor rapidez al cobro de las indemnizaciones". En cualquier caso, su implantación en el ámbito sanitario "no parece nada fácil".

El magistrado ha recordado que en materia de responsabilidad sanitaria "acudir a los tribunales no siempre tiene resultados favorables, por lo que sería bueno buscar alternativas para la resolución de conflictos sanitarios".

Incertidumbre judicial
La razón no sólo es que el tiempo de resolución de los casos es mayor en tribunales que en la vía extrajudicial, sino también por "la discrepancia que existe entre las sentencias, sobre todo en la determinación de las indemnizaciones". Zaplana recuerda que la existencia de las autonomías hace que la mayoría de las reclamaciones "mueran en los tribunales superiores de justicia, que no siguen un criterio unificado para la fijación de las cuantías. Así, puede haber sentencias sobre casos muy similares que se indemnizan de forma diferente".

A esto se une el hecho de que el Tribunal Supremo ya casi no entra a conocer las reclamaciones por responsabilidad sanitaria por los límites de cuantía que ha fijado la ley y por el uso restringido del recurso de casación.

Además, la aplicación del baremo sanitario en la vía judicial es insuficiente para unificar criterios indemnizatorios porque, tal y como ha declarado el Tribunal Supremo, "es orientativo y no vinculante".
En cualquier caso, Zaplana ha aclarado que el uso de la mediación es viable para conflictos en los que no se reclama a la Administración sanitaria, que está expresamente excluida en la norma de la posibilidad de mediar.

Esta apreciación del magistrado ha sido matizada por Ángeles Amador, exministra de Sanidad, que también ha participado en el congreso organizado por la Asociación Española de Derecho Sanitario.
Amador ha aclarado que el preámbulo de la norma que se añadió en la tramitación parlamentaria hace referencia a esa exclusión, pero parece que no cierra la posibilidad a que en un futuro la Administración pueda ser incluida en el ámbito de aplicación de la ley.

La exministra ha recordado que existe una "cultura de que todo es indemnizable. No hay que creer que cualquier resultado malo en el ámbito sanitario tiene un precio, pues cuando la actuación médica ha sido correcta, pero ha existido un resultado negativo, no siempre hay que indemnizar". Otra cosa es que haya habido negligencia por parte del facultativo o del centro.

Un sistema de gestión exportable

El Servicio de Responsabilidad Profesional del Consejo de Colegios de Médicos de Cataluña, que acaba de renovar su póliza es pionero en España en tener un sistema propio para tramitar las reclamaciones por responsabilidad sanitaria. Josep Arimany, responsable del servicio, ha explicado cómo se gestiona la resolución de los conflictos en el Consejo Catalán con un modelo que "puede ser beneficioso para médicos, pacientes y Administración sanitaria". El sistema empleado en Cataluña apuesta por que la gestión y la tramitación de las reclamaciones se haga desde los colegios, no a través de la compañía aseguradora, que confía en los propios profesionales para resolver los conflictos.


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