lunes, 14 de mayo de 2012

IntraMed - Noticias médicas - Requisitos de preparaciones alcohólicas para el lavado de las manos

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13 MAY 12 | La resolución del MSN
Requisitos de preparaciones alcohólicas para el lavado de las manos

"Requisitos mínimos para la disponibilidad y utilización de preparaciones alcohólicas para la fricción antiséptica de las manos en los servicios de salud"

Programa VIHDA
 
Ministerio de Salud. Resolución 535/2012

Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional la Resolución GMC N° 22/11 - "Requisitos mínimos para la disponibilidad y utilización de preparaciones alcohólicas para la fricción antiséptica de las manos en los servicios de salud", que se adjunta como anexo y forma parte integrante de la presente Resolución.

 3. REQUISITOS MINIMOS 3.1 Es obligatoria la disponibilidad de la preparación alcohólica para fricción antiséptica de manos: a) En los lugares de asistencia/tratamiento de todos los servicios de salud del país. b) En las salas de triage, primeros auxilios, unidades de urgencias y emergencias, ambulatorios, unidades de internación, unidades de terapia intensiva, clínicas y consultorios de los servicios de salud. c) En los servicios de atención móvil. d) En los locales donde se realizan procedimientos invasivos. 3.2 Cuando hubiere riesgo en el uso de la preparación alcohólica por pacientes (ingestión u otros), los servicios de salud deben evaluar la situación y prever la utilización de preparación alcohólica para fricción antiséptica de manos de forma segura.

Requisitos mínimos
Los dispensadores conteniendo preparaciones alcohólicas para fricción antiséptica de las manos, para uso en los locales deben estar ubicados:
a) Al lado de la cama del paciente, de forma que los profesionales de la salud no necesiten dejar el lugar de asistencia/tratamiento para higienizar las manos.
b) En un lugar visible y de fácil acceso.
Los lugares de dispensadores conteniendo preparación alcohólica deben ser definidos en conjunto con los responsables de Control de Infección Hospitalaria de los Servicios.
Además está permitido que la preparación alcohólica para fricción antiséptica de manos sea portada por los profesionales de salud por medio de frascos individuales en los bolsillos.
La fricción antiséptica de manos con preparación alcohólica no substituye la higiene simple de manos, con la presencia de suciedad visible en las manos.
La preparación alcohólica para fricción antiséptica de manos a ser utilizada debe ser:
a) Producto adquirido comercialmente, debidamente regularizado ante el órgano competente, atendiendo las exigencias específicas; o b) Productos preparados en farmacias hospitalarias o preparados magistrales, en conformidad con la legislación específica que le corresponde.
La composición y el modo de preparación y manipulación del preparado alcohólico para fricción antiséptica de las manos deberán seguir la técnica de los compendios oficiales, incluyendo las fórmulas de la Organización Mundial de la Salud.

Está prohibido, para fines de higiene de manos, el uso del alcohol reglamentado como producto domisanitario.
Para los dispensadores de pared deben ser utilizadas recargas en embalajes descartables conteniendo preparación alcohólica para fricción antiséptica de manos.
En caso de que la preparación alcohólica para fricción antiséptica de manos sea preparada por el servicio de salud, el envasado debe ser realizado por la farmacia hospitalaria o magistral.
Las recomendaciones de seguridad relacionadas al almacenamiento, manipulación, transporte, distribución y utilización de la preparación alcohólica para fricción antiséptica de manos deben obedecer a las normas vigentes.
Haga clic aquí para descargar la Resolución completa
Fuente: Boletín Oficial 32388

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