La SEFH considera que el Real Decreto 16/2012 contribuye a un uso más racional y eficiente de los medicamentos
Madrid (08/05/2012) - Redacción
• La nueva norma recoge opciones de mejora defendidas públicamente por la sociedad científica de los farmacéuticos de hospital, que elogia los criterios contemplados para la financiación selectiva y la fijación de precios
• La ley refrenda el papel de la especialidad al establecer la presencia de un servicio propio de farmacia en hospitales, centros psiquiátricos y de asistencia sociosanitaria con cien o más camas
La Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (SEFH) considera que el Real Decreto Ley 16/2012 contribuirá a un uso más racional y eficiente de los medicamentos. Del ámbito concreto de la farmacia hospitalaria, valora positivamente que la nueva norma recoja opciones de mejora relativas a la prestación farmacéutica que esta sociedad científica viene defendiendo desde hace unos años con ese objetivo. El RDL refrenda de forma clara el papel clave de la especialidad al establecer la presencia obligatoria de un servicio propio de farmacia en hospitales, centros psiquiátricos y en los de asistencia sociosanitaria con cien o más camas.
La SEFH ha evaluado con especial atención los aspectos referidos a la financiación selectiva y a la fijación de precios. Su presidente, el doctor José Luis Poveda, señala que la ley contempla "una definición muy clara de la financiación selectiva, teniendo en cuenta criterios generales, objetivos y publicados. Nos congratula asimismo comprobar que la fijación incluye análisis de coste efectividad, impacto presupuestario e introducción del componente de innovación. Y todo se hace a través de mecanismos objetivos y transparentes, tal y como habíamos solicitado en muchas ocasiones".
Otra de las medidas bien valoradas por la SEFH es la creación, por primera vez, de un Comité Asesor de Prestación Farmacéutica como órgano encargado de proporcionar asesoramiento, evaluación y consulta a la comisión interministerial de precios. "Coincide así con nuestro punto de vista partidario de separar de una forma efectiva la financiación y la fijación de precios. Además se ponen en marcha ya medidas como la creación del comité asesor de prestación farmacéutica para avanzar en el modelo", explica el doctor Poveda.
Protocolos asistenciales y sistema de información
El RD 16/2012 establece protocolos asistenciales de ámbito nacional con vistas a potenciar el uso racional de los medicamentos. "Era una demanda que habíamos manifestado y que por fin se pone en marcha. Ha arrancado con un protocolo para la hepatitis y creemos que la experiencia puede ser extrapolable y ampliable a otros muchos protocolos en los que la farmacia hospitalaria juega y va a jugar un papel esencial", comenta el presidente de la SEFH.
Otros enunciados de la ley que esta sociedad científica considera positivos son los referentes a los sistemas de información y apoyo a la prescripción, así como las herramientas de ayuda a la misma. "Venimos insistiendo desde hace tiempo sobre el beneficio que puede aportar la incorporación de tecnologías de la información y la comunicación. Si bien la prescripción electrónica asistida ya es una herramienta que forma parte de servicios de farmacia de numerosos hospitales nacionales, es importante que se vea refrendada a través de un Real Decreto que consigna la necesidad de ampliar su cobertura e impulsar su implantación en aquellos centros o comunidades autónomas que no lo tengan implantado", aclara el doctor Poveda.
En el articulado que detalla los fundamentos de los sistemas para el control de la prestación farmacéutica figura por primera vez que es preciso remitir al Ministerio de Sanidad los datos de adquisiciones por servicio farmacéutico de centros y servicios sociosanitarios del SNS y, en su caso, los abonos de medicamentos y productos sanitarios; deberá hacerse con periodicidad mensual y con el nivel de agregación por provincia y comunidad autónoma. Es éste otro aspecto elogiado por la SEFH, que considera que dar transparencia a las adquisiciones realizadas por las comunidades autónomas a través de sus centros hospitalarios es una necesidad que permitirá llevar a cabo comparaciones y, por tanto, medir las estrategias que cada comunidad autónoma esté realizando para una utilización más eficiente de los recursos.
Sustitución por biosimilares
La SEFH cree que el RD 16/2012 despeja numerosas dudas relativas a la sustitución de biosimilares si la prescripción se hace por principio activo. La ley dota al farmacéutico de hospital, previo consenso alcanzado a través de las comisiones de farmacia, de la capacidad para dispensar estos productos cuando se prescriben por principio activo. "Hasta ahora", aclara el doctor Poveda, "había cierta reticencia e incluso manifestaciones contradictorias por parte de la Agencia Española del Medicamento sobre la sustitución de este tipo de medicamentos".
La manipulación y preparación de medicamentos protagoniza otros artículos del RD, donde se indica textualmente que 'para mejorar la eficacia en el uso de los medicamentos en el ámbito hospitalario, las comunidades autónomas podrán acreditar a los servicios de farmacia hospitalaria y de su territorio de modo que en los mismos se puedan llevar a cabo operaciones de fraccionamiento, personalización de las dosis y otras operaciones de remanipulación y transformación de medicamentos'.
El presidente de la SEFH explica que hasta la fecha el marco legislativo de alguna forma impedía este fraccionamiento y también las operaciones de remanipulación y transformación. "A partir de este momento, ya hay un instrumento jurídico suficientemente consolidado para que desde los Servicios de Farmacia podamos avanzar en los procesos de optimización y mejora en la eficiencia desde las áreas de farmacotecnia en los hospitales españoles", añade
La SEFH ha evaluado con especial atención los aspectos referidos a la financiación selectiva y a la fijación de precios. Su presidente, el doctor José Luis Poveda, señala que la ley contempla "una definición muy clara de la financiación selectiva, teniendo en cuenta criterios generales, objetivos y publicados. Nos congratula asimismo comprobar que la fijación incluye análisis de coste efectividad, impacto presupuestario e introducción del componente de innovación. Y todo se hace a través de mecanismos objetivos y transparentes, tal y como habíamos solicitado en muchas ocasiones".
Otra de las medidas bien valoradas por la SEFH es la creación, por primera vez, de un Comité Asesor de Prestación Farmacéutica como órgano encargado de proporcionar asesoramiento, evaluación y consulta a la comisión interministerial de precios. "Coincide así con nuestro punto de vista partidario de separar de una forma efectiva la financiación y la fijación de precios. Además se ponen en marcha ya medidas como la creación del comité asesor de prestación farmacéutica para avanzar en el modelo", explica el doctor Poveda.
Protocolos asistenciales y sistema de información
El RD 16/2012 establece protocolos asistenciales de ámbito nacional con vistas a potenciar el uso racional de los medicamentos. "Era una demanda que habíamos manifestado y que por fin se pone en marcha. Ha arrancado con un protocolo para la hepatitis y creemos que la experiencia puede ser extrapolable y ampliable a otros muchos protocolos en los que la farmacia hospitalaria juega y va a jugar un papel esencial", comenta el presidente de la SEFH.
Otros enunciados de la ley que esta sociedad científica considera positivos son los referentes a los sistemas de información y apoyo a la prescripción, así como las herramientas de ayuda a la misma. "Venimos insistiendo desde hace tiempo sobre el beneficio que puede aportar la incorporación de tecnologías de la información y la comunicación. Si bien la prescripción electrónica asistida ya es una herramienta que forma parte de servicios de farmacia de numerosos hospitales nacionales, es importante que se vea refrendada a través de un Real Decreto que consigna la necesidad de ampliar su cobertura e impulsar su implantación en aquellos centros o comunidades autónomas que no lo tengan implantado", aclara el doctor Poveda.
En el articulado que detalla los fundamentos de los sistemas para el control de la prestación farmacéutica figura por primera vez que es preciso remitir al Ministerio de Sanidad los datos de adquisiciones por servicio farmacéutico de centros y servicios sociosanitarios del SNS y, en su caso, los abonos de medicamentos y productos sanitarios; deberá hacerse con periodicidad mensual y con el nivel de agregación por provincia y comunidad autónoma. Es éste otro aspecto elogiado por la SEFH, que considera que dar transparencia a las adquisiciones realizadas por las comunidades autónomas a través de sus centros hospitalarios es una necesidad que permitirá llevar a cabo comparaciones y, por tanto, medir las estrategias que cada comunidad autónoma esté realizando para una utilización más eficiente de los recursos.
Sustitución por biosimilares
La SEFH cree que el RD 16/2012 despeja numerosas dudas relativas a la sustitución de biosimilares si la prescripción se hace por principio activo. La ley dota al farmacéutico de hospital, previo consenso alcanzado a través de las comisiones de farmacia, de la capacidad para dispensar estos productos cuando se prescriben por principio activo. "Hasta ahora", aclara el doctor Poveda, "había cierta reticencia e incluso manifestaciones contradictorias por parte de la Agencia Española del Medicamento sobre la sustitución de este tipo de medicamentos".
La manipulación y preparación de medicamentos protagoniza otros artículos del RD, donde se indica textualmente que 'para mejorar la eficacia en el uso de los medicamentos en el ámbito hospitalario, las comunidades autónomas podrán acreditar a los servicios de farmacia hospitalaria y de su territorio de modo que en los mismos se puedan llevar a cabo operaciones de fraccionamiento, personalización de las dosis y otras operaciones de remanipulación y transformación de medicamentos'.
El presidente de la SEFH explica que hasta la fecha el marco legislativo de alguna forma impedía este fraccionamiento y también las operaciones de remanipulación y transformación. "A partir de este momento, ya hay un instrumento jurídico suficientemente consolidado para que desde los Servicios de Farmacia podamos avanzar en los procesos de optimización y mejora en la eficiencia desde las áreas de farmacotecnia en los hospitales españoles", añade
No hay comentarios:
Publicar un comentario